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La consulta de notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria (AEAT) puede realizarse de forma muy sencilla, sin necesidad de contar con conocimientos técnicos específicos.

De todos modos, en este artículo repasaremos el procedimiento paso a paso, indicando también la normativa reguladora de este tipo de notificaciones y los requisitos técnicos que debe cumplir tu dispositivo.

Qué son las notificaciones electrónicas

Con carácter general, podemos definir las notificaciones electrónicas como aquellas comunicaciones oficiales que se tramitan por vía electrónica y que dejan constancia de su recepción por parte del destinatario.

De este modo, estas comunicaciones van a producir los mismos efectos jurídicos que una notificación realizada en papel, a través del sistema tradicional de correo postal certificado.

¿Qué organismos realizan este tipo de comunicaciones?

Actualmente, existen muchos organismos públicos que utilizan sistemas de notificaciones electrónicas, tanto en la Administración del Estado como en las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

Así, algunos de los organismos que recurren a este tipo de comunicaciones son los siguientes:

  • Seguridad Social, para cuestiones relativas a vida laboral, altas y bajas de trabajadores, tramitación de prestaciones, etc. Sin duda, las notificaciones de la Seguridad Social forman parte de la rutina diaria de la mayoría de empresas en nuestro país.
  • Dirección General de Tráfico. Por ejemplo, las comunicaciones relativas a la tramitación de multas o sanciones, gestiones relacionadas con la documentación de vehículos a motor, etc.
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), que son las que nos ocupan en este artículo. Así, algunas de las notificaciones electrónicas más habituales son las vinculadas con requerimientos u otras comunicaciones realizadas en procedimientos de liquidación, inspección o recaudación de tributos.
  • Ayuntamientos, Diputaciones y otras entidades locales. Por ejemplo, las notificaciones relativas a multas de tráfico de la Policía Local, infracciones urbanísticas, tributos municipales, licencias de apertura o actividad, etc.

¿Quiénes están obligados a recibir notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria?

Esta cuestión es clave para la adecuada utilización de las notificaciones de la Agencia Tributaria. Viene regulada, esencialmente, en la siguiente normativa:

  • Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta norma establece el marco general aplicable a todos los procedimientos tramitados por la Administración.

De acuerdo con el RD 1363/2010, los principales obligados a recibir notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria son, entre otros:

  • Sociedades Anónimas.
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  • Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
  • Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español.
  • Uniones temporales de empresas.
  • Entidades con la alguna de las siguientes formas jurídicas: Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de titulización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.
  • Otras entidades que cumplan ciertos requisitos indicados en el RD. Entre otras, las inscritas en el Registro de grandes empresas, las que tributen en el régimen de consolidación fiscal o en el régimen de grupo de entidades, las inscritas en el registro de devolución mensual y las que tengan la condición de representantes aduaneros.

Cómo ver las notificaciones de la Agencia Tributaria

Para ver las notificaciones de la Agencia Tributaria no es necesario contar con ningún conocimiento técnico específico ni utilizar un dispositivo en concreto. No obstante, sí se requiere un adecuado medio de identificación digital y cumplir ciertos requisitos técnicos.

A continuación analizamos todos los detalles:

¿Cómo puedo identificarme para consultar las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria?

De acuerdo con la normativa aplicable a la AEAT, las notificaciones electrónicas pueden consultarse mediante cualquiera de los siguientes sistemas de identificación digital:

  • Certificado electrónico (como serían los que expide la FNMT)
  • DNIe
  • Cl@ve PIN del declarante

Requisitos técnicos

En general, prácticamente cualquier dispositivo razonablemente actualizado puede utilizarse para acceder a las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria.

No obstante, la propia AEAT indica un listado de navegadores y sistemas operativos admitidos, señalando las versiones que mejor funcionan en cada caso. Puedes acceder a la lista completa de requisitos técnicos a través de este enlace.

En cualquier caso, en el supuesto de que se produzca un error de acceso al sistema, suele dar buen resultado probar con un navegador diferente.

Por supuesto, si optas por la identificación con certificado digital, este deberá estar instalado en el navegador concreto que utilices para acceder a la web de la AEAT.

Procedimiento paso a paso

De forma muy sencilla, el procedimiento para consultar las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria es el siguiente:

  • Accede a la página de notificaciones electrónicas de la AEAT a través de este enlace.
  • Selecciona la opción «suscripción y consulta».
  • Dirígete al buzón de notificaciones («entrar»).
  • Identifícate mediante alguno de los sistemas que hemos mencionado (certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN).
  • Elige la notificación que te interese consultar en el listado correspondiente y accede a su contenido. Recuerda que también puedes utilizar el buscador para restringir la consulta utilizando distintos filtros (por fechas, tipos de notificaciones, estado, etc.).

Ventajas de disponer de un gestor de notificaciones electrónicas

En el caso de empresas y organizaciones que tengan un gran volumen de notificaciones de la AEAT y de otras administraciones, es muy recomendable contar con algún software de gestión de notificaciones electrónicas.

De este modo, resulta más sencillo evitar problemas derivados de la falta de control y seguimiento de este tipo de comunicaciones, con las graves consecuencias que pueden acarrear (multas, sanciones, requerimientos, recargos e intereses, etc.).

En este sentido, IvNeos, la herramienta que te ofrece Signaturit, te permite:

  • Recoger automáticamente las notificaciones emitidas por más de 9.000 organismos públicos.
  • Controlar su estado en tiempo real.
  • Descargar y almacenar los documentos de forma segura en la nube.
  • Presentar escritos ante la AEAT. 

En cualquier caso, el sistema de consulta online de las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria es muy práctico y sencillo de utilizar.

No obstante, para empresas con un gran volumen de comunicaciones, se hace muy recomendable contar con alguna herramienta de gestión de notificaciones que ayude a llevar un control riguroso y automatizado de todas las comunicaciones oficiales recibidas.

Finalmente, si quieres saber cómo funciona IvNeos, nuestra herramienta de gestión de notificaciones electrónicas, no dudes en solicitarnos más información sin compromiso.