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Posted by Marta Estudillo on 3/03/22 10:00
La presentación del modelo 303 de IVA es, sin duda, uno de los trámites más habituales para cualquier empresa o autónomo de nuestro país.
Así, es una obligación que debe cumplirse todos los trimestres, incluso aunque no se haya realizado actividad alguna durante ese período. Afortunadamente, la tramitación de este modelo no supone ninguna dificultad, especialmente si optamos por la presentación por vía electrónica.
En cualquier caso, en este artículo revisaremos los aspectos más importantes de este modelo 303: en qué consiste exactamente este documento, cuáles son los sujetos obligados a presentarlo y cuál es el procedimiento para tramitarlo ante la Agencia Tributaria.
¿Qué encontrarás en este post?
Como ya sabrás, el modelo 303 es el formulario de autoliquidación trimestral del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido).
Por tanto, es el documento de la Agencia Tributaria (AEAT) en el que empresas y autónomos declaran el IVA que han devengado (en las facturas emitidas) y soportado (en las facturas de gastos deducibles) durante cada trimestre.
Así, como resultado de compensar ambas cuantías, se obtendrá un importe que podrá ser:
Las personas obligadas a presentar el modelo 303 de IVA con periodicidad trimestral son:
Por supuesto, estas personas quedan obligadas a presentar el modelo 303 únicamente si realizan operaciones sujetas a IVA.
Sin duda, la opción más cómoda para tramitar esta autoliquidación trimestral es presentar el modelo 303 con certificado digital.
El procedimiento es realmente rápido y sencillo, e incluso puede realizarse mediante la incorporación de un fichero de datos. Los pasos fundamentales son los siguientes:
Como decíamos, el modelo 303 debe presentarse con periodicidad trimestral. En concreto, las fechas específicas son las siguientes:
El incumplimiento de estos plazos en la presentación del modelo 303 conlleva una serie de recargos o sanciones económicas, que aumentan de cuantía cuanto mayor sea el retraso en el cumplimiento.
El modelo 303 de IVA se rige, fundamentalmente, por la siguiente normativa:
Por tanto, la norma más específica es esta última Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, que aprobó el modelo 303 en el año 2008 y que continúa vigente a día de hoy.
A día de hoy, sigue existiendo la posibilidad de presentar el modelo 303 en formato papel.
No obstante, es necesario cumplimentar primero toda la información del formulario a través de internet, en la sede electrónica de la AEAT.
Posteriormente, se procederá a validar los datos automáticamente en el servidor de la AEAT y te permitirán descargar un PDF del modelo 303, con todos los datos incorporados. En concreto, se generan dos copias del documento, una para el sujeto pasivo y otra para la entidad colaboradora, que deberás firmar de forma manuscrita.
Has de entregar el modelo 303 en uno de los siguientes lugares:
Sin embargo, tal y como ha establecido la reciente Orden HFP/1395/2021, de 9 de diciembre, a partir del 1 de enero de 2023 se suprime la posibilidad de presentar en papel el modelo 303.
En los casos de empresas o entidades que dispongan de diversos certificados digitales y, sobre todo, de una pluralidad de usuarios autorizados, puede resultar compleja la realización de este tipo de trámites.
Así, no resulta infrecuente que se dupliquen actuaciones, se incumplan plazos o, incluso, que caduquen los certificados, con los inconvenientes prácticos que ello conlleva.
Por tanto, resulta muy útil contar con un software gestor de certificados digitales como el que ofrece Signaturit, que ordena y simplifica el uso de estos certificados, facilitando el control de todos y cada uno de los trámites realizados.
En definitiva, la presentación del modelo 303 de IVA es uno de los trámites administrativos más habituales para la mayoría de autónomos y empresas que operan en nuestro país. Por tanto, la utilización de medios electrónicos para completarlo puede representar un importante ahorro de tiempo cada trimestre, añadiendo un extra de comodidad y seguridad a todo el proceso.
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