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Posted by Marta Estudillo on 2/11/21 10:00
La reciente propuesta de un nuevo reglamento de identidad electrónica europea, el llamado eIDAS 2 o EUid, pretende modificar la actual normativa para conseguir un marco legal más adecuado a las necesidades actuales de empresas y ciudadanos.
Sin duda, el reglamento de 2014, todavía vigente a día de hoy, adolece de una serie de problemas y limitaciones que no pueden ignorarse, sobre todo en lo que se refiere a la identificación digital transfronteriza dentro de la Unión Europea.
Por tanto, en este artículo analizaremos el contexto en el que surge esta nueva propuesta en 2021, qué objetivos persigue y cuáles son las principales novedades que incorpora en la práctica.
¿Qué encontrarás en este post?
El reglamento eIDAS original surge en el año 2014 como un instrumento para facilitar cualquier tipo de transacción electrónica entre ciudadanos, empresas y administraciones públicas en el seno de la Unión Europea.
De este modo, pretendía configurar un marco jurídico común para los servicios de confianza y los medios de identificación electrónica en la UE, y así ha sido.
Sin duda, desde el momento de su aprobación y hasta la actualidad, el eIDAS ha contribuido a un mayor uso de este tipo de herramientas electrónicas, dentro de un contexto legal que ofrece confianza, transparencia y seguridad a los diversos actores implicados.
De este modo, ha facilitado un gran desarrollo de la tecnología de firma electrónica y el sellado digital, entre otras cuestiones. Con ello, se ha posibilitado que cualquier proveedor de servicios de confianza, como por ejemplo Signaturit, pueda desarrollar su labor en un entorno legal adecuado.
Sin embargo, a día de hoy, el eIDAS original se presenta como un marco insuficiente en lo que se refiere a la implantación de un sistema europeo de identidad electrónica que sea realmente seguro, útil y eficiente en el ámbito territorial de la UE. De ahí la propuesta de modificar este reglamento y desarrollar el mencionado eIDAS 2.
Veamos cuáles son los objetivos que se persiguen con este cambio normativo.
Puedes consultar toda la documentación que comprende esta propuesta de modificación del eIDAS en la página web de la Comisión Europea, aunque a continuación te resumimos sus finalidades más destacadas.
Así, el memorándum de la propuesta indica, en su punto 1, que los objetivos de este eIDAS 2 se concretan en facilitar, para su uso transfronterizo, las siguientes cuestiones:
Para articular la consecución de estos objetivos, el eIDAS 2 se basa en una especie de «cartera o monedero electrónico» que permita a cada persona identificarse electrónicamente, al tiempo que mantiene pleno control sobre sus datos personales.
Veamos ahora cómo se prevé que funcione este «Monedero de Identidad Digital Europea» (European Digital Identity Wallet).
Efectivamente, la propuesta de la Comisión Europea para este eIDAS 2 se centra, fundamentalmente, en la figura de esta «Cartera de Identidad Digital Europea», como herramienta esencial para la gestión de la identificación electrónica.
De este modo, el European Digital Identity Wallet:
Sin duda, se trata de una propuesta muy ambiciosa para unificar criterios y disponer de una herramienta de identificación digital estandarizada en todo el ámbito de la Unión.
La documentación que integra la propuesta del nuevo eIDAS 2 recoge algunos posibles ejemplos de utilización del futuro «Monedero de Identidad Digital Europea» en la práctica. Así, entre otros, podemos mencionar los siguientes:
Como puedes ver, esta herramienta de identificación electrónica puede suponer un enorme ahorro de tiempo y trámites en todo tipo de procedimientos online u offline. Además, todo ello con la ventaja de su validez transfronteriza y con un elevado nivel de confianza y seguridad.
Por el momento, esta propuesta de modificación del eIDAS no tiene una fecha prevista de aprobación. Por tanto, el documento está abierto a posibles cambios y mejoras, en el marco de las negociaciones previas al trámite de votación.
Por otra parte, en el caso de entrar en vigor, los Estados miembros tendrían que adecuar sus legislaciones nacionales a este marco común europeo y desarrollar los procedimientos necesarios para la emisión y reconocimiento de estos nuevos «Monederos o Carteras de Identidad Digital Europea».
En definitiva, este nuevo eIDAS 2 supone una decidida apuesta de la Unión Europea por un sistema común de identidad digital que permitirá agilizar un sinnúmero de trámites online y offline en todos los Estados miembros.
Sin duda, se trata de una iniciativa que puede mejorar considerablemente el marco normativo vigente, al tiempo que refuerza, una vez más, el control que el titular debe mantener sobre sus datos personales.
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